InicioFarmacias#DifusiónArchivoBúsquedaSesiones HCD
  Ir a la edicion del dia
MEDIO DIGITAL DE CAMPANA
BUENOS AIRES, ARGENTINA
lunes, 26/oct/2026 - 08:15
 
Política y EconomíaInfo GeneralPolicialesEspectáculosDeportesNacionales
Twitter Facebook Instagram
» Este artículo corresponde a la Edición del miércoles, 05/ago/2015 de La Auténtica Defensa.

Nuevo Código Civil y Comercial:
"El Código recoge la evolución social y jurídica de la República Argentina", aseguró el Dr. Córdoba




El prestigioso jurista Marcos Córdoba disertó en el Colegio de Abogados de Zárate-Campana y brindó detalles y su visión del nuevo Código Civil y Comercial que rige en nuestro país desde el 1º de agosto. "Incide en todo lo que va desde antes del nacimiento hasta después de la muerte", remarcó.

El Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Abierta Interamericana (UAI) y profesor titular de Derecho de Familia y Sucesiones en la Universidad de Buenos Aires (UBA), Dr Marcos Córdoba, aseguró que el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación "recoge la evolución social y jurídica de la República" e incluye "las normas antiguas con aplicación de aquello que los mismos abogados habían producido a través de las peticiones que le efectuaban a los jueces y que los jueces receptaban al pronunciar sus sentencias".

Antes de disertar en el Salón principal del Colegio de Abogados de Zárate-Campana (al que pertenece como matriculado), el reconocido jurista, que en 2009 recibió el premio "Maestro del Derecho" del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, repasó el proceso histórico hasta esta modificación que ha entrado en vigencia: "El Código de Vélez Sarsfield, que ha tenido vigencia por más de 144 años, tuvo muchas reformas y en todas esas reformas se han ido introduciendo las modificaciones que impuso la sociedad y también las nuevas necesidades sociales. He trabajado en cuatro proyectos de unificación de Códigos y en todos los casos hemos integrado a la nueva legislación aquello que resulta del requerimiento social. Por supuesto que eso no siempre se logra en su totalidad. No me cabe duda que en este Código se ha hecho en gran medida y esto no debe asustar a los profesionales porque lo que se ha incluido son las normas antiguas con aplicación de aquello que los mismos abogados habían producido a través de las peticiones que le efectuaban a los jueces y que los jueces receptaban al pronunciar sus sentencias".

Respecto al alcance del nuevo Código Civil y Comercial, el Dr Córdoba señaló: "Incide en todo lo que va desde antes del nacimiento hasta después de la muerte. Porque este Código regula desde la fecundación, la etapa de la gestación, todo el desarrollo de la vida humana, no sólo en las contrataciones y en lo patrimonial, en cuanto a los grupos familiares, a los vínculos familiares por adopción y por sangre, por matrimonio y por convivencia, en cuanto a la posibilidad de ampliación de cuestiones testamentarias, en cuanto a reconocimientos testamentarios en favor de discapacitados, la posibilidad de la existencia de sociedades de un solo socio, lo cual parece casi una contradicción, la posibilidad de pactar sobre herencias futuras… Es decir la idea de que todo aquello que cause daño se parte de una consideración de ilicitud. Se parte de que la causa del daño es ilícita, salvo que se pruebe una justificación del hecho que lo motiva. Pero todo eso que parece difícil en los nombres, en los términos y en lo técnico, es el material que comprende los abogados. Es cierto que no existe en la memoria del abogado la letra de la Ley, porque es muy nueva, pero la memoria no hace a la sabiduría del derecho"

En ese sentido, agregó: "Los matriculados de este Colegio, al cual también pertenezco, venimos comprendiendo el Derecho desde hace años y hemos hecho hasta un Derecho local. Existe una aplicación del Derecho escrito en las leyes en relación a las necesidades de esta comunidad particular que es distinta a otras por la influencia de los desarrollos industriales de los cuales se carece en otras regiones del país. Todo ese Derecho es la Ley más su aplicación y está producido por estos profesionales que sin dudas van a saber aplicarlo en protección de los derechos de los demás"

Además, Córdoba resaltó las experiencias que se tomaron en cuenta para avanzar en la reforma y unificación: "Este Código ha tomado en muchos aspectos cuestiones de responsabilidad de lo que es por ejemplo el Derecho italiano. Hasta países como Francia, que son los reyes de la codificación, toman normas del Derecho italiano. Este Código ha tomado también mucha de la evolución francesa y de todas aquellas culturas que inciden en la Argentina".

Sobre la vigencia y el alcance de la norma, Córdoba explicó que "este código va a regir a las consecuencias de actos anteriores", pero que "tienen que tratarse de actos concluidos para que se pueda hablar de la adquisición de derechos".

Finalmente, ante la dinámica de la sociedad y de las relaciones que en ella surgen, Córdoba remarcó que esa situación "es un problema vigente, porque hay autores que han sostenido, por ejemplo, que el Derecho de familia no debió ser incorporado en el Código porque requiere de un dinamismo que el Código no provee. Y que tenía que haber sido tratado en una normativa aparte. Todos, autores, jueces y abogados, tendremos que tener todos una creatividad que nos permita dar respuestas a las nuevas demandas sociales".


EL DR. CÓRDOBA JUNTO AL PRESIDENTE DEL COLEGIO, MARCELO FIORANELLI.



 
P U B L I C I D A D






Av. Ing. Rocca 161 (2804) Campana - Provincia de Buenos Aires
Tel: 03489-290721 - E-mail: info@laautenticadefensa.com.ar
WhatsApp: +54 9 3489 488321.-