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» Este artículo corresponde a la Edición del sábado, 17/abr/2004 de La Auténtica Defensa.

Más plazo para que autónomos y monotributistas se pongan al día




 

Buenos Aires (NA)-- La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) decidió prorrogar hasta el 26 de julio próximo el plazo para la regularización de deudas de autónomos y monotributistas que vencía el 26 de abril.

Según un comunicado oficial, la medida se tomó por el interés demostrado por los contribuyentes para ingresar al plan de regularización de deudas de Autónomos y Monotributistas superó las expectativas oficiales.

La AFIP sostiene que ¨la valoración positiva de los beneficios que prevé el plan, así como el creciente grado de conciencia y voluntad de pago que manifiestan los contribuyentes, es el motivo de la prórroga".

Entre los motivos de la creciente demanda para las presentaciones, la AFIP destaca "la cantidad de claves fiscales otorgadas en los últimos dos días (por Internet): 19.266".

Por eso, el organismo dirigido por Alberto Abad decidió que el vencimiento previsto para el pago a cuenta del 26 de abril se traslade al 26 de julio.

En tanto, el director general de Recursos de la Seguridad Social de la AFIP, Guillermo Farías, consideró ¨una verdadera pena¨ que miles de autónomos y monotributistas pudieran quedar fuera del plan de regularización ¨por una saturación de nuestras líneas de Internet¨.

Farías señaló que el plan ¨está concebido de una manera revolucionaria, porque el contribuyente lo puede hacer directamente por Internet, operar en nuestra base de datos, presentarlo y mandarlo¨.

Con esta prórroga, los contribuyentes ¨van a tener más tiempo para hacer tranquilamente el plan¨, señaló el funcionario en declaraciones a radio América.

Más tiempo para Ganancias y Bienes Personales

La AFIP anunció además que decidió prorrogar hasta el 10 de mayo el plazo para la presentación de las declaraciones juradas correspondientes al Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales para personas físicas. Sin embargo, precisó que se mantienen los tiempos respecto de los pagos.

De este modo, el plazo para la presentación de las declaraciones juradas de los contribuyentes con terminación de CUIT en 0 y 1 pasó al 10 de mayo; los finalizados en 2 y 3, al 11 de mayo; 4 y 5, al 12 de mayo; 6 y 7, al 13 de mayo; y los terminados en 8 y 9 tendrán plazo hasta el 14 de mayo.


 
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