Es por la nueva reglamentación provincial. La disposición comenzó a regir en al menos parte de las estaciones de servicio de la ciudad.
A partir de esta semana, algunas estaciones de servicio de la ciudad ya no le cargan combustible a los conductores y acompañantes de ciclomotores, motocicletas, triciclos y cuatriciclos que no utilizan el casco reglamentario debidamente homologado y chaleco reflectante, ambos con la identificación del dominio del vehículo.
Diversas bocas de expendio de combustible a lo largo de la ciudad colocaron cartelería indicando el cambio de norma, que prevé sanciones tanto para motociclistas como para los propios comercios que decidan vender ignorando la ley.
La ley dictamina que está "prohibido el suministro de combustible para vehículos ciclomotores, motocicletas, triciclos motorizados, cuatriciclos livianos y cuatriciclos, cuando su conductor y acompañante no lleven consigo el casco reglamentario y el chaleco reflectante pertinente". Al mismo tiempo, establece que debe "colocar en los surtidores y otros lugares visibles carteles" con la leyenda: "Protegemos tu vida: sin casco ni chaleco no hay combustible".
"Hay gente que entiende y otra que no, y algunos te putean y otros lo toman bien", le contó una playera a La Auténtica Defensa. "El martes mandaron la nueva reglamentación y colocamos los carteles el día miércoles. A partir de ahí, no cargamos cuando no tienen ninguna cosa (ni chaleco ni cascos)", precisó.
Hasta antes de la entrada en vigencia de la nueva reglamentación, la ley estipulaba que la carga estaba prohibida para aquellos que no tuvieran casco: sin embargo, en las estaciones de servicio la práctica habitual de los motociclistas consistía en pedir uno prestado a otro que estuviera en ese momento o, si se trataba de un acompañante, debía esperar fuera del perímetro de la boca expendedora.
"Ahora les decimos: `te cargo esta vez, pero la próxima no`. Y si hay menores sin casco, directamente no lo permitimos", detalló la playera.
El artículo 48 de la Ley 13.927 ya determinaba que "los conductores y acompañantes de ciclomotores, motocicletas, triciclos motorizados, cuatriciclos livianos y cuatriciclos deberán circular con casco reglamentario debidamente homologado". Su incumplimiento es considerado una "falta grave".
Tanto conductor y acompañante deben llevar el número de patente del vehículo en ambos laterales del casco con letras y números reflectantes de un color que se distinga. Además, es obligatorio que la dimensión mínima de cada letra y número sea de tres centímetros de alto y dos centímetros de ancho, con un ancho interno de medio centímetros.
Ambos también deberán utilizar un chaleco reflectante con la identificación de la patente en el frente como en el dorso. La reglamentación también establece el tamaño mínimo de las letras y números.
Tanto conductor como acompañante deberán utilizar un chaleco reflectante estampado con la patente en frente y dorso. La reglamentación establece el tamaño mínimo de las letras y números
Muchos motociclistas elevaron sus quejas, algunos a través de las redes, otros utilizaron imaginativos carteles sobre las mismas motos.



