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» Este artículo corresponde a la Edición del miércoles, 19/feb/2020 de La Auténtica Defensa.

Tiene fecha el Juicio por Jurados por el triple crimen ocurrido en Zárate en 2017




Comenzará el 4 de mayo en el Tribunal Oral 2, en nuestra ciudad. Uno de los tres acusados fue detenido en el barrio Lubo. En el hecho, ocurrido en el barrio 6 de Agosto, fueron asesinadas dos hermanas, una de ellas embarazada de siete meses. Y, además, resultaron heridas sus respectivas parejas.

El 8 de octubre de 2017, la vecina ciudad de Zárate fue sacudida por un brutal hecho ocurrido en horas de la madrugada en el barrio 6 de Agosto: allí, un grupo de tres delincuentes asesinó a dos hermanas, una de ellas embarazada de 7 meses, además de herir a sus respectivas parejas, para sustraerles 60 mil pesos que guardaban en la casa que habitaban y que iban a destinar a la compra de mercadería (frutas y verduras) para sus negocios.

Las víctimas fatales fueron dos hermanas de nacionalidad boliviana: Sergia Matilda Llanos García (21 años) y Carmen Rosa Llanos García (25), quien cursaba un embarazo de siete meses (posteriormente, los médicos lograron el nacimiento del bebe, pero éste murió poco después por las heridas sufridas en el vientre de su madre). En tanto, sus respectivas parejas, Heber y Samuel Quispe (26 y 27), también bolivianos y hermanos entre sí, resultaron heridos.

La causa quedó en manos del fiscal Juan José Montani y en los días siguientes al hecho fueron capturados dos de los tres sospechosos. La primera detención se concretó en la calle Formosa del barrio Lubo de nuestra ciudad, donde fue apresado Orlando Euclídes Guillén (62 años por entonces), quien ya contaba con antecedentes penales (habría participado de un secuestro extorsivo) y era buscado por otras causas, como una "entradera" ocurrida un mes antes en una casa lindera a la del Intendente Sebastián Abella.

Luego de esa detención, también se concretó la de Julio César Reynoso (32), un ex agente del Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB), quien trabajó en el complejo carcelario de Campana y que había sido pasado a disponibilidad en julio de 2016 tras ser condenado a dos años prisión por los delitos de "amenaza calificada, uso de arma de guerra y desobediencia".

En tanto, el tercer sospechoso fue detenido meses después, en mayo de 2018, en el marco de un control vehicular en la zona de Tortuguitas, partido de Islas Malvinas. Allí fue interceptado un Ford Focus y cuando se identificó al conductor, el personal policial logró establecer que los datos brindados eran falsos. Posteriormente, con el cruce de información, se logró confirmar que se trataba de Claudio Alberto Lugo, alias "el Pulga", prófugo del triple crimen del barrio 6 de Agosto y dueño de un frondoso prontuario. En el interior del vehículo se encontraron armas automáticas, dinero en efectivo y equipos de telefonía celular.

Lugo también se encontraba acusado de un homicidio ocurrido en abril de 2017. La víctima, un exconvicto con el que estaba enfrentado desde que habían compartido celda en la Unidad Penitenciaria 21 de Campana, fue asesinada de tres balazos. Según consignó El Día de Escobar tras su última detención, "el Pulga" ya había purgado tres condenas por robo calificado y pasado por cinco penales distintos; y había sido protagonista de una espectacular fuga de la Comisaría 2ª de Escobar en mayo de 2007, cuando un grupo comando de entre siete y 10 hombres irrumpió en el lugar fuertemente armado y logró liberarlo tras copar el edificio.

Los tres imputados serán juzgados a partir del próximo 4 de mayo en el Juicio por Jurados que se realizará en el Tribunal Oral N° 2 de Zárate-Campana, en el edificio de la calle Andrés Del Pino, bajo la tutela del Juez Daniel Rópolo.


Por el auto, atraparon en barrio Lubo la primer detención del doble crimen ocurrido en Zárate.


SER JURADO POPULAR ES UN DERECHO, PERO TAMBIÉN UNA CARGA PÚBLICA

En la provincia de Buenos Aires, desde marzo de 2015 comenzó a funcionar la modalidad de Juicio por Jurados. Y en la Departamental Zárate-Campana se han desarrollado este tipo de procesos en diferentes ocasiones, siendo el del carnicero Daniel Oyarzún (otro caso ocurrido en Zárate) el que mayor repercusión tuvo, a nivel regional y nacional.

El jurado está constituido por 12 personas (siempre seis varones y seis mujeres) y seis suplentes. Para conformarlo, primero se seleccionan 48 por sorteo a partir de una lista de la Justicia electoral sobre la base del padrón en el que están todos los ciudadanos mayores de 21 años y menores de 75 años (los miembros de fuerzas de seguridad, los funcionarios y los empleados del Poder Judicial no pueden ser miembros del jurado).

Ser jurado popular es un derecho del ciudadano, que contribuye en la administración de justicia, pero también es una carga pública, puesto que su incomparecencia injustificada podrá acarrear sanciones y ser trasladado por medio de la fuerza pública. "El ciudadano que, habiendo sido designado jurado, no se presente a cumplir su función como tal se lo hará comparecer aún con el uso de la fuerza pública, sin perjuicio de establecerse en su contra las responsabilidades a las que hubiera lugar", remarcaron desde el Poder Judicial.

Esta carga pública es remunerada. Tengan o no tengan trabajo, a los integrantes del jurado se les paga igual: por ley son dos IUS (unidad de medida de pagos judiciales), que actualmente sería alrededor de $3.500. Además, los gastos de transporte y comida los cubre el tribunal.

Al comenzar el juicio, las partes (Defensoría y Fiscalía), entrevistan a los 48 y eligen a 18 (los 12 titulares y los 6 suplentes) y pueden recusar a los miembros por posibles conflictos de interés u otras razones.

Para ello, a los candidatos se les hace una encuesta de tres carillas. El tribunal puede eliminar a tres de los postulantes sin justificación, pero para los demás deberá dar una explicación justa. Para el veredicto el jurado va a tener que sortear otra encuesta.

Es el jurado el que determina si existió el delito y la culpabilidad de la persona. La pena la establece luego el juez, presente durante todo el proceso y quien hace de guía. El jurado no puede intervenir en el proceso ni en las exposiciones de las partes.

Para declarar culpable a una persona, 10 de los 12 miembros deben estar de acuerdo, y para una condena a prisión perpetua se necesita la unanimidad. Si el jurado declara que la persona no es culpable, esta decisión no puede ser apelada y la persona queda definitivamente absuelta. Si es declarado culpable, en cambio, la defensa sí puede apelar y llegar a instancias judiciales superiores.


 
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