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» Este artículo corresponde a la Edición del domingo, 07/jun/2020 de La Auténtica Defensa.

Opinión:
Violación, desahogo sexual, y la perspectiva de género
Por Rosa Nelida Funes y Sonia Fedyszyn







Rosa Nelida Funes

Esta semana un Fiscal en el caso del abuso sexual de una joven de 16 años en Chubut por parte de cinco varones, utilizó la frase "desahogo sexual" como explicación de la conducta de los acusados.

En el año 2019 la Fiscalía de Chubut abrió la investigación del caso por propia decisión, ya que joven sufrió el delito en 2012 contando con 16 años, y no efectuó la denuncia, pero en 2019 hizo un relato en Facebook, y Fiscalía pudo actuar dependiendo de la activación de la víctima.

El delito se dio en medio de una fiesta del día de la primavera, con chicos conocidos, y después de drogarla y dejarla inconsciente. La víctima tuvo un intento de suicidio posterior. Los autores siguieron su vida normal, son de familias arraigadas en la zona, y algunos también eran menores al momento del hecho.

Las pruebas cosechadas al momento del delito son muy importantes para poder probarlo porque así se pueden reconstruir la totalidad de los hechos con certeza. El paso del tiempo trae dificultades a la hora de pedir una condena por violación, el más grave de los abusos sexuales.

Existe un juicio penal abreviado por medio de un acuerdo que firman las partes y se eleva al Juez, por ejemplo cuando hay obstáculos para la víctima en lograr condenar a la pena máxima y cuando es difícil para los acusados lograr la absolución total. Firmado el acuerdo, Juez de Garantías actuará en audiencia y resolverá. Para este Fiscal, entonces, cuando los varones quieren desahogarse, pueden hacerlo con cualquier chica que tengan a mano … Mediante una sutil elección de palabras por parte de una persona formada en leyes, la chica pasó de ser persona a ser objeto de desahogo de esos varones. Ni siquiera la psiquiatría convalida semejante "justificación"… Usó la figura legal que la describe según una justicia del siglo XIX, y la describió desde una restringida óptica masculina, limitada al deseo sexual y que desconoce u oculta el abuso de poder y deseo de sometimiento que se halla detrás de toda violación.

La ley Micaela se dictó a raíz de la muerte de Micaela García, víctima de violación y femicidio, para la capacitación obligatoria en la temática de género y violencia contra las mujeres, y está destinada a todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Nación, cualquiera sea su nivel o jerarquía. Aplicarla enseña a los funcionarios que deciden, escriben, fallan, para estar capacitados con perspectiva de género, y así, que todo eso que les parece natural, no lo parezca más, y dejen de justificar delitos graves desde la Justicia.

Esta justificación está también en el inconsciente colectivo, porque esta desigualdad entre géneros característica del patriarcado se ve en lo cotidiano en esa dirección, tanto los docentes, como las madres y padres, tienen que empujar el cambio desde las costumbres cotidianas y los ejemplos, dar un puntapié inicial para desarmar los modelos machistas formados a través de costumbres, publicidad, educación, y roles familiares que la mujer debe cumplir comportándose en forma obediente a los deseos del varón.

Resulta "normal", natural, que su deseo se haga realidad sin el consentimiento previo de la mujer. Esta es la violencia simbólica, invisibilizada y naturalizada, de base social que da sustento a todas las demás violencias, incluida la sexual, llegando hasta el delito y culminando en la violación y el femicidio.

Creen que tienen derecho a ejercer ese poder. Actúan como si estuvieran por encima de las leyes, y por encima de las mujeres. Es hora de la responsabilidad claramente se ponga sobre ellos, desde todos los medios de comunicación, y personas que por algún motivo están en una posición de formar opinión.


Autoras: Rosa Nelida Funes y Sonia Fedyszyn


 
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