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» Este artículo corresponde a la Edición del sábado, 27/jun/2020 de La Auténtica Defensa.

Aislamiento:
El Presidente anunció el retorno del AMBA a la Fase 1




Será del 1 al 17 de julio. Y apunta a disminuir la circulación para desacelerar los contagios. "Tenemos que hacer algo para aliviar las camas ocupadas y seguir garantizando que todos los argentinos tengan la atención que merecen", señaló Fernández.

El presidente Alberto Fernández anunció ayer que el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) volverá a una fase estricta del aislamiento social preventivo y obligatorio (ASPO), entre el 1 y el 17 de julio, para enfrentar la pandemia de coronavirus ante el aumento de casos que se viene registrando.

"Hoy, el 97% de los casos que se detectan ocurren en el AMBA y en los últimos 20 días los casos aumentaron un 147%, mientras que los fallecidos aumentaron un 95%", informó el mandatario desde la residencia de Olivos, donde estuvo acompañado por el gobernador de la provincia de Buenos Aires, Axel Kicillof, y el jefe de Gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta.

"Tenemos que hacer algo para parar el ritmo del contagio, para aliviar las camas ocupadas y seguir garantizando que todos los argentinos tengan la atención que merecen", agregó Fernández, al tiempo que explicó: "Debemos ser solidarios con el resto del país".

Las nuevas restricciones al ASPO implicarán la limitación en el uso del servicio de transporte público, que estará destinado exclusivamente a los trabajadores de los servicios esenciales, que son 24 según el artículo 6° del decreto 297/2020.

Quienes estén en esta última situación y se trasladen con sus automóviles deberán solicitar nuevamente el permiso de circulación correspondiente. "Vamos a volver a sacar a las fuerzas de seguridad para controlar el tráfico de automóviles y de personas para que solo se muevan los que cumplen actividades esenciales", enfatizó el Presidente.

En ciertas zonas del Gran Buenos Aires se permitirá el funcionamiento de algunas industrias como parques industriales; aquellas que exigen procesos continuos de producción; y las que producen con fines de exportación.

Respecto del empleo público, se propiciará que tanto en Nación, como en Ciudad y Provincia se limite la circulación de trabajadores para incentivar el trabajo remoto en todos los casos en que pueda realizarse.

El mandatario anunció también que el Gobierno nacional continuará asistiendo al trabajo y la producción en las zonas afectadas del AMBA, así como continuará con el pago del IFE a quienes lo necesiten en esa área, en Chaco y en algunas zonas de Río Negro. "Así, estaremos preservando el empleo y dando tranquilidad a los empresarios, aliviándolos de una inversión muy alta que son los salarios", destacó. Y también recordó que "los comerciantes y los profesionales independientes tienen la posibilidad de acceder a un crédito a tasa 0, en relación a sus actividades".


RODRIGUEZ LARRETA Y KICILLOF FUERON TAMBIÉN PARTE DEL ANUNCIO.


INDUSTRIAS Y COMERCIOS HABILITADOS

A partir del 1º de julio se mantendrán en funcionamiento los siguientes sectores industriales en la región del AMBA que ya se encontraban habilitados en cada distrito: Industrias esenciales (alimentación, medicamentos, equipamiento médico, etc.); Industrias que operen dentro de parques industriales o zonas industriales planificadas; Industrias de proceso continuo; e Industrias vinculadas a los sectores de exportación.

En todos los casos, el funcionamiento de dichas industrias se debe realizar con transporte propio y estrictos protocolos sanitarios, de funcionamiento y de fiscalización por parte de los municipios.

En cuanto a los comercios, se mantendrán abiertos solamente aquellos de carácter esencial (alimentación, farmacias, Higiene y limpieza, ferreterías, veterinarias y provisión de garrafas). Y sigue permitido el reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de primera necesidad.

Finalmente, en lo relacionado al transporte, se permitirá el acceso al transporte público de carácter urbano, interdistrital e interjurisdiccional exclusivamente a los trabajadores esenciales de las actividades y servicios permitidos en los puntos anteriores. Y solamente podrán circular en transporte propio aquellos trabajadores esenciales de las actividades y servicios permitidos en los puntos anteriores.

Para hacer efectiva la circulación en transporte público y privado solamente de los trabajadores esenciales se establecerán controles estrictos en autopistas, estaciones y vagones de trenes y colectivos.


 
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