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» Este artículo corresponde a la Edición del domingo, 18/jul/2021 de La Auténtica Defensa.

Opinión:
Sobrepeso y legislación regional
Por Mara Pedrazzoli







Mara Pedrazzoli

El martes pasado obtuvo dictamen de mayoría en comisiones el proyecto de "Ley de promoción de la alimentación saludable", conocido como "Ley de Etiquetado Frontal", que había sido aprobado por amplia diferencia en el Senado (64 a 3) en octubre de 2020. Así, quedó en condiciones de ser tratado en el recinto. Diez meses de dilación y cuatro plenarios informativos formaron parte de la discusión entre legisladorxs, miembros de más de cien organizaciones civiles y representantes del sector de alimentario en resistencia.

La Coordinadora de las Industrias de Productos Alimenticios (Copal) demoró las gestiones con el argumento de que el etiquetado debía consensuarse a nivel Mercosur. El Centro de Industrias Lácteas (CIL) coincidió y alertó sobre una potencial pérdida en nuestras exportaciones señalizadas frente a las de nuestros socios del Mercosur. La Cámara de Comercio de los EEUU en Argentina (AmCham) fue más insidiosa, habló de una demonización hacia los alimentos y coronó con la típica amenaza sobre los puestos de trabajo, para luego proponer otra "correcta" forma de etiquetado.

Hubo nado sincronizado y presiones sobre y desde las provincias (por ejemplo, el tejido productivo de la azucarera Tucumán depende fuertemente de Pepsi y Coca-Cola). La diputada Carmen Polledo de JxC fue la encargada de presentar el proyecto de minoría que modificaba el formato de la etiqueta (debía ser de color según la diputada y otros 12 firmantes), en tanto el tucumano Pablo Yedlin del FdT y otrxs 4 legisladorxs firmaron un proyecto que sugería parámetros nutricionales menos exigentes.

Entre idas y vueltas, la Universidad Siglo 21 publicó un informe a través de su "Observatorio de Tendencias Sociales y Empresariales" en el que indicaba que sólo el 25% de los consumidores argentinos comprendían las etiquetas y apenas la mitad de ellos las lee. Un argumento poco elogioso para nuestra capacidad analítica, que igualmente valió a algunxs legisladorxs para defender el octógono negro con letras y bordes blancos como una forma apropiada, simple y visible, de señalización.

Galletitas, snacks, gaseosas, lácteos, embutidos y quesos serán los primeros señalizados; los productos ultraprocesados que tienen un exceso de nutrientes que la Organización Panamericana de Salud (OPS, dependiente de la OMS) ha llamado críticos. Aquellos con exceso en azúcares (algunos yogures o postrecitos pero no el paquete de azúcar porque en ese caso sí sabemos lo que compramos); exceso en sodio (y aquí la lista es amplia: gaseosas, alimentos enlatados, sopas instantáneas, sazonadores para caldos o carnes, comida precocida, salchichas, mayonesa, manteca, quesos); en grasas trans (galletitas, alfajores, margarina, baños de repostería), saturadas (lácteos como manteca, crema, leche y los embutidos) y totales.

Garantizar el mandato constitucional de protección a los consumidores (su derecho a una toma de decisiones informada) y el cuidado de la salud a través de una alimentación saludable son los ideales de esta Ley, que cada unx juzgará más o menos asequibles.

La malnutrición y las llamadas "enfermedades crónicas no transmisibles" de sobrepeso y obesidad son el principal problema de salud pública en muchos países del mundo, y un factor de riesgo relacionado a la covid-19. La última Encuesta de Factores de Riesgo del INDEC (2018) muestra que en Argentina el 61,6% de las personas tienen exceso de peso: 36,2% tienen sobrepeso y 25,4%, obesidad. La comparación internacional que permiten hacer las estadísticas de la OMS muestra a nuestro país en línea con la región: la obesidad en Chile alcanza al 25,1% de la población de más de 18 años, en Costa Rica al 24,4%, en Brasil o Colombia al 20,8%.

Cifras alarmantes muestran México (32,4% de la población adulta) y Estados Unidos (38,2%).

A nivel regional, en los últimos cinco años, Chile, Perú, México y Uruguay han implementado etiquetas de advertencia en el frente del envase.

Por último, cabe mencionar que el proyecto también establece disposiciones sobre la publicidad dirigida a la población infantil (donde más ha crecido la obesidad y el sobrepeso). Aunque no prevé sanciones. Se prohíbe la publicidad destinada a pequeñxs en aquellos productos con más de una etiqueta; su promoción no podrá incluir personajes de dibujos animados, deportistas o prometer premios que llamen la atención de lxs niñxs y tampoco contener otras imágenes engañosas como frutas o el color verde en productos que no son saludables.

La pobreza alcanza al 50% de la población infantil en Argentina, es decir, niñxs que comen lo que hay y sufren problemas de sobrepeso, altura o diabetes. Es decir, el campo para este tipo de legislación todavía es amplio.



 
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