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» Este artículo corresponde a la Edición del domingo, 26/dic/2021 de La Auténtica Defensa.

Discapacidad:
El CUD Digital; una alternativa complementaria
Por Dra. Silvina Cotignola







Silvina Cotignola

Los tiempos van cambiando, y la tecnología y digitalización también ha alcanzado a este tipo de instrumentos.

Finalizando un año más, altamente complicado para todos, pero aún más, para el colectivo de personas con discapacidades, he querido comentar y analizar respecto al tan bien ponderado Certificado Único de Discapacidad (CUD), documento indispensable para el acceso a los beneficios y estímulos que la normativa local vigente prevé para las Personas con Discapacidad (PCD).

Desde el año 2017, existe la Agencia Nacional De Discapacidad (ANDIS) como un organismo descentralizado en la órbita de la Secretaria General de la Presidencia de la Nación, la que tiene a su cargo el diseño, la coordinación y ejecución general de las políticas públicas en materia de discapacidad, así como la elaboración y ejecución de acciones tendientes a promover el pleno ejercicio de los derechos de las PCD.

A partir de entonces, la ANDIS es el organismo que certifique en cada caso, la existencia de la discapacidad, su naturaleza y su grado, así como también, las posibilidades de rehabilitación del afectado, y teniendo en cuenta sus antecedentes y personalidad, indicará que tipo de actividad laboral o profesional aquella podrá desempeñar.

Cabe destacar que este es el único documento acreditante de la discapacidad a lo largo y ancho de nuestro país. La Dirección Nacional de Política y Regulación de Servicio (una de sus Direcciones Nacionales) tiene entre sus facultades las de "entender y actuar como autoridad de aplicación de la normativa vigente referida a la valoración y certificación de la discapacidad conforme a las clasificaciones nacionales e internacionales (la CIF).

Si bien el CUD en formato papel, constituye un documento seguro, los avances tecnológicos permiten la posibilidad de crear su formato digital, el que será complementario al documento físico, facilitándose con ello la gestión de diversos trámites así como el acceso a prestaciones y beneficios inherentes al mismo.

Asimismo, en el año 2017, se creó la Plataforma Digital del Sector Público Nacional con el fin de facilitar la interacción entre los ciudadanos y el Estado, brindándose de este modo, la posibilidad de realizar trámites tales como consultas, solicitud de turnos, credenciales digitales, etcétera.

Dicha Plataforma está compuesta por entre otros, el perfil ciudadano "Mi Argentina" desde donde se implementan las credenciales digitales del ciudadano. Es por todo ello, que la Agencia Nacional de Discapacidad considera que están dadas las condiciones tecnológicas, jurídicas y administrativas para que se brinde la posibilidad de poseer el Certificado Único de Discapacidad en formato digital complementario y con idéntica validez legal que el físico.

No es menor sindicar, que la creación de este formato digital del CUD se encuentra relacionado con los postulados de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (leyes 26.378 y 27.044) por cuánto establece la obligación de los Estados Parte a adoptar las medidas pertinentes para asegurar el acceso de las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones con las demás, a los nuevos sistemas y tecnologías de la información y la comunicación.

Ante este escenario favorable, y en miras de allanar el ejercicio y la ampliación de derechos para los integrantes del colectivo, el pasado 2 de diciembre la ANDIS dicta la Resolución Nro. 2008 aprobando el modelo de Certificado de Discapacidad Digital, el que tendrá carácter complementario al documento físico, y tendrá idéntico valor legal, vigencia y eficacia.

Pues entonces a los fines de su implementación se deberá instruir a la Subsecretaría de Gobierno Abierto y País Digital de la Secretaría de Innovación Pública para que disponga los mecanismos necesarios para que el CUD Digital se integre en el perfil digital de ciudadano Mi Argentina como parte de la Plataforma del Sector Público Nacional.

Un verdadero broche de oro esta flamante creación, que dios quiera se erija como un verdadero faro en el camino de las múltiples conflictivas que les toca atravesar a los titulares de los CUD a la hora de pretender hacer uso y ejercitar los derechos consagrados en todas las normas vigentes. Cerrando éste canal de comunicación con ustedes, los lectores, nos vamos con una linda noticia, anhelando iniciar en el mes de marzo del próximo año, con otra aún mejor. Como siempre les insisto: "Ejerzan sus Derechos porque su ejercicio no constituye meros Privilegios". ¡Muy feliz año 2022 para todos!


Dra. Silvina Cotignola / abogada especializada en Discapacidad, Salud y Familia / smlcoti@hotmail.com


 
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