La Secretaría de Política Ambiental provincial suscribió un convenio de Delegación de Facultades con la Municipalidad de Campana por el cual nuestra comuna fiscalizará a empresas de mediana complejidad ambiental, lo que les permitirá controlar a los emprendimientos para que la producción no afecte la salud de la población ni los recursos naturales.
Tal como adelantarámos en nuestra edición de ayer, en un acto del que participó el titular de la SPA, Jorge Etcharrán, y el intendente Jorge Varela (PJ), la administración local podrá realizar las evaluaciones de impacto ambiental de los procesos productivos y la fiscalización de industrias de primera y segunda categoría, existentes o a establecerse. La Provincia conservará la facultad de categorización de los establecimientos industriales y de auditoría de las funciones delegadas.
El municipio, asimismo, podrá expedir, perfeccionar y renovar los certificados de aptitud ambiental (CAA) para segunda categoría y decidir sobre la ubicación de los establecimientos y modificaciones de las industrias radicadas en zonas no aptas.
Deberá llevarse un Registro de Sanciones y Reincidencias en el cual se asentarán las sanciones firmes que se apliquen a los infractores y deberá comunicarlas a la Secretaria de Política Ambiental, de la mima manera en que emitirá informes semestrales de las inspecciones realizadas y sus resultados.
La Municipalidad podrá recaudar la Tasa Especial en concepto de Aptitud Ambiental establecida por el artículo 25 de la ley 11.459 -de Radicación Industrial-, al tiempo que percibirá la totalidad de los fondos que se recauden en concepto de multas como consecuencia del ejercicio de facultades delegadas, tal como lo dispone el artículo 24 de la citada Ley.
La SPA brindará al Municipio el asesoramiento legal y técnico necesario para garantizar el buen desempeño de las funciones delegadas y el fiel cumplimiento de las normas aplicables.
Para la categorización de una industria se tiene en cuenta el resultado de una ecuación polinómica que incluye valores sobre el rubro del emprendimiento, dimensionamiento, riesgo, localización y efluentes y residuos que genera, además de la potencia instalada y la cantidad de personal con el que cuenta.
Las Municipalidades que cuentan con delegación de Segunda Categoría son Bahía Blanca (en este caso también cuentan con delegación parcial de Tercera -máxima complejidad industrial-), La Matanza, Moreno, Olavarría, Tigre, Tres de Febrero, Vicente López y Malvinas Argentinas.
Las clasificaciones de las industrias según la ley de radicación industrial:
- Primera categoría: incluye aquellos establecimientos que se consideren inocuos porque su funcionamiento no constituye riesgo o molestia a la seguridad, salubridad o higiene de la población, ni ocasiona daños a sus bienes materiales ni al medio ambiente.
- Segunda categoría: Son aquellos establecimientos que se consideran incómodos porque su funcionamiento constituye una molestia para la salubridad e higiene de la población u ocasiona daños a los bienes materiales y al medio ambiente.
- Tercera categoría: Incluye a aquellos establecimientos que se consideran peligrosos porque su funcionamiento constituye un riesgo para la seguridad, salubridad e higiene de la población u ocasiona daños graves a los bienes y al medio ambiente.



