La Provincia presentó en el Senado provincial el proyecto de ley sobre Gestión Integral de Residuos Domiciliarios que tiene por objetivo la erradicación de basurales a cielo abierto, fomentar la instalación de rellenos sanitarios en los municipios para la disposición final de los Residuos Sólidos Urbanos (RSU) y la minimización de los desechos mediante la creación de plantas de tratamiento.
La Gestión Integral comprende las etapas de generación, disposición inicial, recolección, transporte almacenamiento, planta de transferencia, tratamiento y/o procesamiento y disposición final.
Los conceptos básicos sobre los que se funda esta política son los de precaución, prevención, monitoreo y control ambiental, solidaridad, cooperación, congruencia y progresividad; valorizar los RSU mediante métodos y procesos de reuso y reciclaje; promocionar las políticas de protección y conservación del medio ambiente, entre otro.
Se establece a partir de la entrada en vigencia de la ley, un plazo de 10 años para que las distintas jurisdicciones alcancen una reducción como mínimo del 25% de la totalidad de los residuos con destino a la disposición final. Los municipios deberán elaborar un programa de gestión de residuos domiciliarios que deberá ser elevado en un lapso no mayor a los dos años.
Una vez aprobado se deberán fijar los plazos para su implementación, los cuales no podrán exceder los 5 años. A partir de ese momento queda prohibida la gestión de residuos que no cumpla con las disposiciones establecidas en la ley y en su reglamentación y en la ley nacional 25.916.
Los municipios comprendidos en el Decreto Ley 9.111/78 tendrán un plazo de un año a partir de la aprobación del Programa de Gestión Integral para manifestar su adhesión. Transcurrido dicho plazo sin pronunciamiento alguno, se reputará que el municipio ha ratificado su adhesión. En caso de que no adhiera deberá dar cumplimiento a las exigencias de la nueva ley.
Se impedirá el establecimiento de nuevos basurales en los municipios y las autoridades comunales quedan obligadas a clausurar los existentes. Queda prohibida la quema, incineración o cualquier sistema de tratamiento no autorizado. En caso de incumplimiento, la Autoridad de Aplicación podrá ejecutarlas pero las tareas se harán con cargo al respectivo municipio.
Se propiciará la celebración de acuerdos regionales entre municipios para el aprovechamiento de economías de escala en cualquiera de las etapas de la gestión integral de residuos domiciliarios, a fin de avanzar en el desarrollo de mecanismos de regionalización provincial.
Los Programas de Gestión Integral incluirán la selección de sitios de disposición final, ya sea en forma individual o teniendo en cuenta la regionalización. En aquellos casos de jurisdicciones o ámbitos regionales que no puedan dar cumplimiento con lo establecido en la ley con respecto a la localización de los sitios de disposición final, una ley especial determinará la ubicación de los mismos.
Se crea el Registro de Tecnologías para recepcionar los proyectos presentados. Podrán aplicar cualquier tipo de operaciones, siempre que la tecnología o metodología sea aprobada por la Autoridad de Aplicación.
El proyecto incluye un régimen sancionatorio para los incumplimientos y toda violación o incumplimiento será considerada infracción a los efectos de la aplicación del Régimen de Faltas Municipales y deberá ser sancionada por los respectivos municipios.
El Poder Ejecutivo, asimismo, podrá gestionar la obtención de líneas de crédito nacionales o internacionales para financiar la implementación de los programas a los de gestión de residuos. También se promoverá la ejecución de proyectos científicos-tecnológicos que tengan por objeto la búsqueda de nuevos conocimientos e innovaciones tecnológicas relacionadas con la gestión integral de los RSU.



