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» Este artículo corresponde a la Edición del viernes, 02/jun/2006 de La Auténtica Defensa.

DERECHO DE PADRES E HIJOS (I Parte)
CUANDO HAY DERECHOS NO ATENDIDOS... MUCHO MAS QUE EDUCACIÓN Y ALIMENTO
Por Claudio López Ruiz




El reclamo de los padres y el derecho de los niños. La Convención Internacional. La tenencia compartida no está incluida en la legislación argentina pero es algo que se impone en el mediato plazo dada la cantidad de sentencias o acuerdos que se homologan en los juzgados de nuestro país. La sentencia Wilde otorga los fundamentos para legislar sobre la tenencia compartida.

Diariamente escuchamos o vemos en los medios el trabajo que se realiza en defensa de los derechos de los niños, a los efectos de brindarles tan importantes espacios y elementos que faciliten sus estudios, su alimentación, que mejoren en algo su calidad de vida y los aliente a poder en el día de mañana, contar justamente con un campo de posibilidades y chances que en otras circunstancias verían difícil de alcanzar, y por ellos mismos creada a partir de su maduración y posibilidades laborales.

Sin embargo, en un contexto general de trabajo que se realiza tanto desde áreas del los tres niveles del Estado como así también de entidades no gubernamentales, existe un faltante muy importante.

Hay un espacio no cubierto al menos por el Estado en atención a los derechos del niño, que es quizás tan significativos como los mencionados, y el menos atendido.

La tenencia o el mal llamado régimen de visita, es uno de los aspectos menos apreciados por la mayoría de quienes tanto hablan y dicen trabajar en defensa de los derechos de los niños, y quizás uno de los que mas afecta al menor hijo de padres separados.

Entiende quien no sufre esta situación, el significados para un padre o madre no conviviente, que le digan que "puede visitar a su hijo" tales o cuales días cuando una relación finaliza en términos complicados...?

Uno visita a un amigo, a un primo, a un conocido... pero a un hijo..!!!!

El Dr. Julio Trucco y sus colaboradores de ANUPA, destacan que durante el matrimonio "la tenencia de los hijos comunes es compartida. Es decir que ambos padres ejercen la guarda o custodia de los mismos".

El informe agrega que, indudablemente, cuando la pareja se divorcia el peor problema a resolver suele ser justamente la tenencia de los hijos. "Se entiende tenencia, custodia o guarda, como los cuidados y protección directa que los padres desarrollan hacia sus hijos. Implica convivencia, atención diaria y contención afectiva".

La tenencia es física, mientras que la patria potestad se refiere al conjunto de derechos y deberes que derivan del ejercicio de la paternidad.

Poco se atiende, y se observa como algo común y normal, que cualquier padre involucrado con sus hijos al separarse, tenga que hacerse la idea de separase también de ellos y convertirse en un "visitante", lo que provoca un dolor intenso, una desesperación profunda y un desconcierto abrumador, crisis que suele conducir a situaciones de impotencia y autodestrucción personales por nadie vistas hasta el momento al parecer, sin referir cuánto esto repercute en los hijos.

La ley y la jurisprudencia establecen que para hijos menores la tenencia es de la madre. Reformas de la década del 80 establecen que la patria potestad la detenta quien ejerce la tenencia, completando el desolado cuadro del padre "no conviviente" para el cual sólo se reservan las "visitas" y el pago de los llamados "alimentos".

Generalmente es la madre quien queda con la tenencia de los hijos, y también con todas las responsabilidades que las tareas de crianza implican. Los "alimentos" en breve resultan insuficientes y la madre comienza a alienarse tratando de generar ingresos y de criar a la vez, volcando su ira contra su ex-cónyuge, alimentando culpas con los hijos y postergando su propia vida afectiva y personal.

La tenencia compartida, para situaciones como la descripta, se presenta como una opción superadora que permite que el padre pueda seguir criando a los hijos pese al divorcio; que la madre tenga el "confort psicológico" de no asumir sola todas las responsabilidades de la crianza, y que los hijos no pierdan a ninguno de sus padres en su rol de criador activo.

Compartir la tenencia de los hijos y los factores involucrados

Compartir la tenencia de los hijos luego del divorcio depende de varios factores. Según dicen, es tan importante contar con hogares para la convivencia de los hijos con cada padre, armados y provistos a tal efecto, como el no contarlo, ya que lo más importante es la calidad y después la cantidad de tiempo que el niño comparte con cada uno de sus progenitores a lo largo de su crecimiento, que el espacio que comparta con cada uno de ellos.

A la hora de establecer un régimen de crianza compartida, influyen entre otras cosas la flexibilidad de los trabajos de ambos padres, la presencia de otros adultos que colaboren, la edad de los hijos, el diálogo parental post-conyugal que hayan logrado establecer, el nivel económico y otros factores menores.

Estos elementos combinados permiten asegurar que no hay dos tipos de regímenes de tenencia compartida iguales. Se planifican atendiendo a los requerimientos y realidades de cada caso.

En el aspecto físico, es muy común distribuir semanalmente tres días para un padre y cuatro para el otro. Estos días pueden estar alternados en la semana. También podría establecerse una semana con cada progenitor. Cada sistema tiene ventajas y desventajas tanto para los hijos como para sus padres. O tan solo horas para uno con mucha suerte.

En el aspecto de decisiones, compartir la tenencia implica que los padres acuerden las decisiones importantes respecto a los hijos en común, tales como establecimientos educativos donde concurren, lugares de residencia, tratamientos médicos, vacaciones, cumpleaños y otras fiestas, participación de nuevos cónyuges en la educación, etc. Bajo el lema general de "no hacer al otro padre lo que no nos gustaría que nos hagan a nosotros", los acuerdos pueden ser explícitos o también tácitos cuando no es posible lograr un diálogo aceptable entre los padres.

Lo importante de compartir la tenencia es que ningún padre queda periférico respecto de la crianza de sus hijos y que los hijos sienten que no han perdido a ninguno de sus padres. Es como mantener viva a la familia, pese al divorcio, en lo que a vínculos afectivos y de protección paterno-filiales se refiere

Además, esto permite que los niños más chiquitos que crecen con padres separados, no sientan que uno de ellos no existe o existe solo horas en la semana o que está muy distante, sino que realmente es el padre o madre, así como debe ser, y que nada ni nadie podrá cambiar eso.

La tenencia compartida se impone. Sin embargo hay aún algunos padres y madres que no entienden de derechos de los niños y ponen sobre estos rencores y malestares, y mucho menos entienden de las necesidades de los hijos para su crecimiento y educación, y de la necesidad de estar con quienes son sus progenitores, estén estos juntos o separados. Realidad que nada ni nadie podrá cambiar jamás.


 
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