El ministro Jorge Varela envió a la Legislatura el proyecto que propicia una nueva regulación del Fuero de Familia y crea el nuevo Fuero Penal del Niño.
Los menores no podrán ser interrogados por la policía ni incomunicados.
La prisión preventiva no excederá los 90 días (prorrogables).
Se reconocen a los niños los mismos derechos, deberes y garantías que a los adultos.
Se invertirán 53 millones de pesos. También se prevén cambios en los tribunales de Familia
Por disposición del gobernador Felipe Solá, el ministro de Desarrollo Humano, Jorge Varela, envió a la Legislatura el proyecto de ley que propicia una nueva regulación del Fuero de Familia y la creación de un nuevo Fuero Penal del Niño. De ese modo, se complementa la Ley Nº 13.298 De la Promoción y Protección Integral de los Derechos de los Niños, sancionada en diciembre de 2004 en la Provincia.
Desde hace más de dos décadas los menores se encuentran bajo el régimen de Patronato, que data de la época de la dictadura militar, y centraliza en la figura del Juez la solución de las cuestiones asistenciales, civiles y penales de las personas menores de edad y sus familias.
Se torna imprescindible la sustitución y superación de dicho régimen legal de facto, en tanto constituye una clara violación a los derechos humanos y entra en absoluta contradicción en diversas materias con disposiciones de nuestras Constituciones Nacional, Provincial y en especial con la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, con jerarquía constitucional desde 1994.
"Esta iniciativa contribuye a fortalecer el nuevo sistema integral de protección de los derechos de los niños, diseñando una estructura judicial específica y las correspondientes normas procesales aplicables a los conflictos jurídicos civiles, de familia y penales", explicó la subsecretaria de Minoridad del Ministerio de Desarrollo Humano, Dra. Cristina Tabolaro.
"Uno de los pilares del nuevo sistema de promoción y protección de los derechos del niño -agregó- es el dotar al Estado Provincial de una nueva mirada y en consecuencia de una nueva forma de intervenir y de dar respuesta a la diversa problemática social que incide en las familias de nuestro territorio.
Este Proyecto establece los nuevos principios generales de procedimiento que deberán observarse en las causas que sean seguidas a niños, siendo aplicables los Códigos Procesal Civil y Comercial y Procesal Penal en todo lo que esta propuesta no modifique. Se imponen las reglas del debido proceso, como lo son la oralidad de las audiencias bajo pena de nulidad, el derecho de los niños a ser oídos y a que sea tenida en cuenta su palabra, el carácter reservado del proceso, la prohibición de difusión de identidad de los niños sujetos a actuaciones administrativas o judiciales, entre otras.
Cambios en el Poder Judicial
En lo que respecta a las materias civil y de familia, se dispone la transformación de los Tribunales de Familia actualmente existentes, en juzgados unipersonales de Familia. Estos nuevos órganos jurisdiccionales estarán conformados por un Juez y un Consejero de Familia, contando además con la asistencia y colaboración de un Cuerpo Técnico Auxiliar integrado por un Médico Psiquiatra, un Psicólogo y un Trabajador Social, que serán designados oportunamente por el Consejo de la Magistratura.
En lo que respecta a la Justicia Penal de la Niñez, se dispone que estará a cargo de las actuales Cámaras de Apelación y Garantías en lo Penal, los Tribunales Penales del Niño (que se integran sólo para juzgar causas penales graves), los Juzgados Penales del Niño, los Juzgados de Garantías del Niño y el Ministerio Público del Niño.
También se dispone el derecho a que se les informe los motivos por los que se los investiga, la autoridad responsable de la investigación, a solicitar la presencia inmediata de sus padres, tutores o responsables, el derecho a ser oídos a través del contradictorio, y la inviolabilidad de su defensa desde el inicio de la investigación policial, resguardando el interés superior del niño reconocido por la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño en su artículo 3.
En lo que respecta a la Investigación Preliminar se dispone que en ningún caso el niño será sujeto a interrogatorio por parte de autoridades policiales, prohibiéndose expresamente a los organismos administrativos con funciones de policía llevar antecedentes sobre los delitos atribuidos a los niños. Tampoco rige la incomunicación respecto de éstos.
La prisión preventiva no podrá exceder de noventa (90) días, prorrogables por otros noventa (90) días más.
En la etapa de juicio resulta novedosa la creación del Tribunal Penal del Niño, órgano integrado por tres (3) Jueces Penales del Fuero y que conocerá en los delitos previstos en los artículos 79, 80, 119 párrafos 3º y 4º, 124, 142 bis, 165 y 170 del Código Penal. Fuera de estos casos, considerados graves, será competente el Juez Penal del Niño.
"Se le reconocen a los niños los mismos derechos, deberes y garantías que a los adultos, y por su particular condición de ser personas en desarrollo, se les conceden derechos y garantías especiales, asegurando su privacidad y la de su familia, su identidad, dignidad y desarrollo integral", enfatizó la doctora Tabolaro.
Respecto de los niños inimputables en razón de su edad (rige para ello la legislación nacional), se los excluye del proceso penal en virtud de la imposibilidad legal de responsabilización penal. Sin perjuicio de ello, de advertirse indicadores ciertos de vulneración de derechos se promueve la inmediata intervención del Servicio Local de Protección de Derechos que correspondiere.
Por otro lado y como figura nueva y sin antecedentes en el territorio, para causas de extrema gravedad (taxativamente homicidios dolosos y violación), cometidos por un niño inimputable y dentro de especialísimas circunstancias el Juez de Garantías del Niño se encuentra habilitado para dictar una medida de seguridad restrictiva de su libertad ambulatoria por un plazo de hasta 90 días.
Los números del Proyecto
Para el logro de los objetivos propuestos, se invertirán desde el Poder Ejecutivo 32 millones de pesos anuales, que se agregarán al presupuesto y dispositivos actuales -en proceso de reconversión-, para la ejecución de Políticas de Responsabilidad Penal Juvenil a implementarse mediante una concertación de acciones de la Provincia, los Municipios y las Organizaciones de atención a la niñez. Su ejecución será a través de:
"18 Centros de Referencia distribuidos en las cabeceras de los departamentos judiciales y sus sedes descentralizadas, que desarrollarán tareas vinculadas a la prevención del delito, y la ejecución de medidas alternativas a la detención. (Se suman a los tres ya existentes).
"12 Centros de Recepción, con igual distribución geográfica: son ámbitos cerrados para la aprehensión, que se suman a los ya existentes .
"3 Centros para jóvenes procesados: regionales, para el cumplimiento de la prisión preventiva (Se suman a los 5 ya existentes)
"4 Centros Cerrados de Responsabilidad Penal: para el cumplimiento de las condenas. (Se suman a los 6 ya existentes)
"20 Centros de Contención: regionales, ámbito para el cumplimiento de medidas restrictivas de libertad. (se suman a los 15 ya existentes)
Por su parte, el Fuero Penal del Niño entrará en vigencia el 1 de julio de 2007, con una previsión presupuestaria anual de 21 millones de pesos.
Se prevé la constitución de:
"30 Juzgados de Garantías del Niño,
"29 Juzgados Penales del Niño,
"40 agentes fiscales especializados en el fuero penal del niño.
"40 defensores oficiales también especializados.
"Cada departamento judicial contará con un cuerpo técnico auxiliar que asistirá profesional y exclusivamente tanto a los Juzgados como al Ministerio Público.
El sistema prevé la instalación de 134 Servicios Locales de Promoción y Protección de Derechos del Niño que, desconcentrados en los gobiernos municipales, sean el lugar de detección primaria, de acceso a los programas de la comunidad y de coordinación de la respuesta institucional, siempre financiados por la Provincia.
En 6 meses el Ministro Jorge Varela logró la adhesión y el financiamiento de este sistema, en el 50% de las comunas. Esto representa una inversión parcial de alrededor de 600.000 pesos mensuales sólo en el interior de la Provincia.
Asimismo, en cada región se construirán -con fondos del BID-, 22 Servicios Zonales de Protección de Derechos del Niño (8 en el interior y 16 en el conurbano), y 23 sedes de Servicios Locales en el conurbano bonaerense.



