Impulsada por los concejales Dra. Adriana Barbero y Ezequiel Telleria del Partido Justicialista - Frente para la Victoria, con el voto afirmativo del Bloque oficialista y del Radicalismo, se aprobó la modificación a la Ordenanza que limita en zona urbana, la habilitación de nuevas bocas de expendio de combustible, con la oposición del Bloque Primero Campana.
Los Concejales del Bloque Justicialista Adriana Barbero y Ezequiel Telleria, ambos autores del proyecto sancionado el pasado jueves por el Concejo Deliberante, explicaron a este medio que "es la modificación a la Ordenanza 3028/94 que reglamenta la habilitación para el expendio y depósitos de almacenamiento de combustible en nuestro Partido, limitando la habilitación de nuevas estaciones de combustibles tanto líquidos como gaseosos, como así la de nuevas bocas de servicio en las existentes."
"Desde nuestro Bloque, creímos necesario y que hacía falta una actualización de la norma en virtud del crecimiento y desarrollo de la ciudad, dado que en el transcurso de estos años se han habilitado numerosas bocas de expendio en distintos puntos de Partido, y que en el área urbana las estaciones de servicio existentes son suficientes para abastecer la demanda" explicaron. Barbero y Telleria señalaron que otros de los puntos corregidos tiene que ver con que "al momento de la sanción de la 3028/94 (ordenanza modificada), las estaciones de GNC no tenían el auge y desarrollo que poseen hoy en día, donde gran cantidad de vehículos optaron por este combustible, acarreando como consecuencia que necesitan una mayor superficie para su desarrollo, tanto para ubicar los equipos como para estacionar los vehículos en espera". Por ello, esencialmente lo que establece la modificatoria a la norma es que dentro de lo que el Código de Planeamiento Urbano define como Área Urbana, "las estaciones de expendio de combustible se permitirán únicamente en predios con una superficie mínima de 1000 m2 (antes era 400 m2) y por lo menos uno de sus frentes deberá estar sobre Ruta Nacional o Provincial o sobre Avenida Irigoyen". Asimismo, tanto la Dra. Barbero como Telleria, refirieron que la norma establece "la obligatoriedad de presentar el Estudio de Impacto Ambiental previo al otorgamiento de factibilidad de la instalación de la estación de expendio de combustible de cualquier tipo".
En otro aspecto, se restringe a las estaciones de servicio existentes "la posibilidad de ampliarse y de agregar otro combustible para el cual no fueran autorizados oportunamente".
Ante esta cuestión, le preguntamos a los ediles por qué el Bloque Primero Campana no aprobó este artículo.
Ambos Concejales oficialistas explicaron que el concejal Cazador sostuvo "no estar de acuerdo con restringir la posibilidad de ampliarse a las estaciones de servicio existentes si querían agregar surtidores o tanques, en relación al aumento de demanda. Nosotros sostuvimos lo regulado en el proyecto presentado ya que el espíritu de la norma es proteger a la ciudadanía y el medio ambiente, ante todo por la peligrosidad. Si no queremos más estaciones de servicio en la zona urbana, no tiene sentido permitir que las que ya están puedan aumentar el número de surtidores, sino, esto crearía una situación de desigualdad, de privilegio para las que ya están en el centro" afirmaron.
Claramente expusieron tanto Barbero como Tellería, que "consideramos que el peligro es el mismo si agregan dos surtidores o si ponen una estación nueva con dos elementos de este tipo".
Para concluir, reiteraron que "la norma sin este artículo perdería el sentido, ya que el espíritu de la misma es proteger a la población. Sabemos que la ciudad crece, que la demanda se incrementará, pero deberemos recurrir a las estaciones de servicio existentes o ir hasta la periferia con frente a las Rutas a cargar combustible si lo que queremos es no generar impactos negativos sobre el tránsito y las áreas residenciales".



