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» Este artículo corresponde a la Edición del martes, 07/nov/2006 de La Auténtica Defensa.

EL CONCEJAL TELLERIA PRESENTO ORDENANZA SOBRE TRAMO DE RUTA 6




En la sesión del jueves el concejal del PJ Ezequiel Tellería presentó un proyecto de Ordenanza que expresa:

" El tramo de Ruta 6, desde la rotonda denominada Tridente a la altura del Barrio Las Acacias, hasta Colectora, lado Sur de Ruta nacional Nº 9, con finalización en Avenida. Rivadavia de la ciudad de Campana; y considerando:

Que dicho tramo, paso a jurisdicción municipal;

Que por tal motivo, esta será una vía de ingreso al casco céntrico de la ciudad;

Que el mantenimiento de esta nueva vía de ingreso estará a cargo del municipio, con recursos económicos propios;

Que esta tramo atraviesa lugares densamente poblados;

Que la rotonda el Tridente cuenta con dos tramos más que desvían el tránsito pesado hacia los lugares permitidos de ingreso al casco urbano de la ciudad y a la Ruta Nacional Nº 9, con excepción de los vehículos que deben cargar y/o descargar en empresas y/o comercios ubicados geográficamente sobre el tramo en cuestión;

Que de acuerdo a la Ley Nº 11430, el Municipio puede legislar sobre el circuito de tránsito pesado en su jurisdicción;

Que es deber de este Cuerpo velar por la seguridad de los vecinos, como así de los recursos económicos de la comuna; por ello: El Bloque de concejales Justicialistas F.P.V. solicita a este honorable cuerpo apruebe el siguiente proyecto de Ordenanza.

ARTICULO 1º: Prohíbese el tránsito pesado vehicular, en el tramo comprendido entre la rotonda de la Ruta Provincial Nº 6 denominada Tridente, hasta la Colectora Sur de la Autopista Nacional Nº 9, altura Av. Rivadavia de la ciudad de Campana.-

ARTICULO 2º: Efectúese la señalización de seguridad vial en el circuito descripto en el articulo 1º, específicamente en los extremos de este tramo, se coloque cartelería visibles e inequívoca de la prohibición de tránsito pesado sobre el mismo.-

ARTICULO 2º: Quedarán exceptuados los vehículos de transporte pesado que circulen hacia o desde empresas y/o comercios ubicados sobre esta.-

ARTICULO 3º: Dispónese que el Departamento Ejecutivo, por intermedio de la Dirección de Tránsito, ejecute un operativo de control y prevención a modo de garantizar el fiel cumplimiento de esta Ordenanza.-

ARTICULO 4º: Notifíquese a las empresas transportistas, puertos e industrias sobre la implementación de la presente Ordenanza.

ARTICULO 5º: De forma.


 
P U B L I C I D A D






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