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» Este artículo corresponde a la Edición del sábado, 03/feb/2007 de La Auténtica Defensa.

Disuelven los tribunales de menores y ponen en vigencia el Fuero Juvenil
La norma fue reglamentada por el Ejecutivo provincial, tras su aprobación en la Legislatura. El Fuero excluye del proceso penal a los niños inimputables en razón de su edad. Los menores con prisión preventiva no podrán estar detenidos más de 180 días




El Gobierno bonaerense reglamentó ayer la disolución de todos los tribunales de menores existentes en territorio provincial para convertirlos en Juzgados de Responsabilidad Penal Juvenil y Juzgados de Garantías del Joven, según establece una ley aprobada recientemente por la Legislatura y publicada ayer en el Boletín Oficial.

A partir de la nueva norma, la Provincia dispuso la creación de 35 Juzgados de Responsabilidad Penal Juvenil y 43 Juzgados de Garantías del Joven, así como 88 cargos de agentes fiscales y defensores oficiales distribuidos en los distintos departamentos judiciales bonaerenses.

De esta forma, "cada departamento judicial deberá contar con un cuerpo técnico auxiliar integrado por médicos, psicólogos y trabajadores sociales, los que se conformarán con recursos humanos de los Tribunales de Menores disueltos".

Los menores que cometan delitos en la provincia de Buenos Aires tendrán las mismas garantías procesales que gozan los mayores y no podrán estar detenidos más de 180 días sin ser juzgados, según la ley que puso en vigencia el Ejecutivo provincial.

La norma, que crea el Fuero Penal Juvenil en la provincia de Buenos Aires fue sancionada por el Senado bonaerense en la última sesión de 2006 y es complementaria de la Ley de Minoridad sancionada por la Legislatura provincial en 2005 y provisoriamente suspendida por la Suprema Corte de Justicia bonaerense.

El Fuero Penal Juvenil excluye del proceso penal a los niños inimputables en razón de su edad, pero se promueve para ellos la intervención del Servicio Local de Protección de Derechos.

La norma aprobada por el Senado y reglamentada hoy a través del Boletín Oficial aclara que en la Investigación Preliminar "en ningún caso" el niño será sujeto a interrogatorio por parte de autoridades policiales, prohibiéndose expresamente a los organismos administrativos con funciones de policía llevar antecedentes sobre los delitos atribuidos a los menores.

La prisión preventiva "no podrá exceder de 180 días y, una vez transcurrido ese plazo, si no se hubiere realizado el juicio el niño será puesto en libertad sin más trámite por el juez de la causa, sin necesidad de requerimiento fiscal o de la defensa".


 
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