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viernes, 07/ago/2026 - 14:20
 
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» Este artículo corresponde a la Edición del viernes, 11/may/2007 de La Auténtica Defensa.

Personas con necesidades especiales y embarazadas tendrán prioridad en espectáculos públicos




Según lo expresado en la Ordenanza Nº 4735, las personas físicas o jurídicas, de carácter público o privado, que organicen espectáculos públicos de concurrencia masiva, deberán reservar en el lugar un sector perfectamente delimitado, para ser ocupado en forma exclusiva por personas con necesidades especiales y/o embarazadas.

Este sector deberá ser de fácil acceso y egreso, y con capacidad acorde a la magnitud del evento.

Por tal motivo, se ruega a los organizadores de este tipo de eventos tener en cuenta ésta disposición, que apunta a contribuir con aquellos que pese a sus dificultades también gozan del derecho de disfrutar de un espectáculo público.


 
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