Días atrás, se dio a conocer el rechazo por parte de la Justicia a la pretensión de la ONG Conciencia Ciudadana de ser incorporada en la Comisión creada mediante la Ordenanza 4544 Art. 4º, con el objeto de analizar las alternativas para la gestión integral de Residuos Sólidos Urbanos de nuestra Ciudad.
La sentencia recaída en los autos "Conciencia Ciudadana Campana Organización No Gubernamental c/ Municipalidad de Campana s/ acción meramente declarativa", tramitado en el Juzgado de Primera Instancia en lo contencioso administrativo Nº 1, del Departamento Judicial Zarate Campana, indica que "se resuelve: I) No hacer lugar a la pretensión declarativa de certeza inIcIada por parte de la actora, para que se esclarezca el alcance de lo normado en el Art. 4 de la Ordenanza 4544, por no darse en este supuesto, los requisitos exigidos por el Art. 322 C.P.C.C (Art. 12 numeral 4 C.C.A) para su procedencia"
Pese al dictamen judicial, la ONG Conciencia Ciudadana apeló el fallo.



