En mi condición de periodista y sin ánimo de generar un debate al respecto, es importante comentar algunas cuestiones que hacen a las obligaciones de los gobiernos, y en el uso de mi derecho constitucional de expresarme libremente reflejaré algunos elementos que considero importantes.
La pregunta sería: ¿cuál es la verdadera importancia y el real sentido que tiene, la publicidad de los actos de gobierno?
En alguna oportunidad leí que a alguien le daba "vergüenza ajena" ver que el gobierno local realizara la publicidad de sus 100 días de gestión en un diario local, publicitando obras realizadas o por realizar. Sin opinar respecto del posible desconocimiento o picardía sobre los dichos, sería muy bueno mencionar lo siguiente:
El sistema de gobierno en la Argentina adopta la forma representativa, republicana y federal (Constitución Nacional, Art. 1º). El pueblo elige directamente a sus representantes para esa forma Representativa, y la Constitución Nacional instituye esa democracia representativa o indirecta, en la que los representantes sólo ejercen el poder del pueblo durante el período que duran en sus mandatos, estableciendo en el Artículo 22, y por otro lado, también se habilitan algunos mecanismos de democracia semidirecta, incorporados en los Capítulo de Nuevos Derechos y Garantías (Art. 39 y 40).
Vivimos en una forma Republicana, y el vocablo República deriva del latín "respublica", que significa "cosa del pueblo". Según explican los conocedores, esa forma republicana "está basada en la división, control y equilibrio de los poderes, y una de sus finalidades es la garantía de las libertades individuales, siendo los principios que la inspiran la Constitución escrita, la separación de poderes, la elegibilidad de los funcionarios, la periodicidad de los mandatos, la responsabilidad de los funcionarios, LA PUBLICIDAD DE LOS ACTOS DE GOBIERNO y existencia de partidos políticos.
La Constitución establece las responsabilidades de los funcionarios, la forma de su elección y LA PUBLICIDAD DE LOS ACTOS DE GOBIERNO, facilitando el control ciudadano de los poderes instituidos".
El Congreso Internacional sobre Derechos y Garantías en el Siglo XXI, marcó la importancia de la publicidad de los actos de gobierno en la conformación de un sistema democrático.
Alicia B Oliveira (de extracción radical), quien fuera en su momento Defensora del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, destacó que "la implementación de la publicidad de los actos de gobierno, es lo que marca la transición del ESTADO ABSOLUTISTA al ESTADO DE DERECHO. El fortalecimiento de las instituciones democráticas en nuestro país nos obliga a abundar en la reflexión sobre este aspecto, y no a pretender imponer una idea".
El derecho es una regla de la democracia instituida y por ende, resulta en una limitación del poder; su función es ampliar el nivel de participación de los ciudadanos y una de las formas es publicitar obras por gestiones y los actos propios de gobierno, le pese a quien le pese. Digamos que las normas fundamentales tienen un valor especial y es evidente, algunos no lo saben y deberían saberlo.
Estas normas fijan también a los legisladores en todos los órdenes, "la obligatoriedad de cumplir con las mismas para que los gobernantes puedan ser controlados por la sociedad. Este punto no es menor ya que la sumisión a la ley es la base del Estado de derecho" dijo Oliveira.
Imanuel Kant expresó "Todas las acciones referentes al derecho de otros hombres cuya máxima no pueda ser publicada, son injustas". Por ello no debemos olvidar que el concepto de lo público y -en forma más concreta- de la publicidad de los actos de gobierno, es una conquista sobre el autoritarismo, y a partir de ello, el absolutismo y los absolutistas se terminaron.
En este mismo contexto digo, que nadie puede pretender que un gobierno desestime un precepto constitucional tan importante, no publicitando sus actos de gobierno y las gestiones realizadas para alcanzar inversiones públicas (Provinciales o Nacionales) o privadas, cuando se alcanzan hechos de tanta importancia como la construcción de escuelas, viviendas u otras obras por parte de la Nación, o la instalación en Campana de la Termoeléctrica entre muchas otras tantas.
Expresiones que se contrapongan con esta obligación, solo sirve para confundir a la comunidad, más aún si se pretende que el gobierno municipal actúe violando normas constitucionales.
"En nuestro país, la construcción de la sociedad democrática no ha resultado sencilla. Años de oscurantismo militar nos han llevado a un grave atraso en el conocimiento. Por ello, recordar la esencia de la sociedad democrática y del Estado de derecho se convierte en un imperativo categórico; el recuerdo construye la memoria y afianza nuestras instituciones" (Kant).
Por ello el acceso a la información está garantizado por el principio republicano de "publicidad de los actos de gobierno". Estos son la expresión de la voluntad gubernamental o de uno de los órganos de gobierno, materializada en una decisión o muchas decisiones concretas.
En este amplio marco, nadie… absolutamente nadie puede decir que los actos de gobierno deben ser silenciosos… y dentro de esos actos se incluyen las gestiones para obras con aportes de los gobiernos nacional, provincial o de privados, y pretender esto, violatorio de una obligación del Estado, sería no querer que la sociedad tome conocimiento de lo que tiene derecho.



