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martes, 09/jun/2026 - 18:30
 
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» Este artículo corresponde a la Edición del viernes, 05/ago/2011 de La Auténtica Defensa.

Anses Informa
Los que cobran la prestación por desempleo deben informar su nuevo trabajo




ANSES recuerda que, al otorgarse la Prestación por Desempleo, el beneficiario debe solicitar la suspensión de la misma en alguna dependencia de ANSES, dentro de los 5 días hábiles de haberse incorporado a un nuevo trabajo.

Es elemental tener en cuenta este plazo legal que existe para la suspensión, ya que si no se efectúa se le cobrará un recargo de entre el 10% y el 20% de la cuota pura (sin tener en cuenta las Asignaciones Familiares).

El trámite de la suspensión puede llevarse a cabo, personalmente, en cualquier delegación de ANSES. También la notificación puede enviarse por medio correo postal como un telegrama, carta documento o por nota presentada a través de una persona autorizada

Asimismo, ANSES informa que hoy, 5 de agosto, cobran los beneficiarios de las Pensiones No Contributivas (PNC) cuyos documentos terminan en 8 y 9 los de la Asignación Universal por Hijo (AUH) cuyos documentos concluyen en 0.


 
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