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» Este artículo corresponde a la Edición del miércoles, 09/nov/2011 de La Auténtica Defensa.

La ciudad de Hernando aprobó una ordenanza por la vida




Hernando (Córdoba), (AICA) El Concejo Deliberante de la ciudad cordobesa de Hernando aprobó por unanimidad, el 26 de octubre pasado, la ordenanza titulada: "Derecho a la vida, primer eslabón de la dignidad de la persona humana, derecho de ser tratado en igualdad de condiciones con los demás seres humanos".

En su comienzo, la ordenanza señala que se expide como Estado "ante el permanente acoso de grupos que promocionan el aborto, acto que está prohibido por nuestro ordenamiento jurídico".

El texto de la ordenanza asegura que "ninguna ley del país puede desestimar o contradecir los Tratados Internacionales, según la reforma Constitucional, afirmando así, la plena vigencia del Pacto de San José de Costa Rica en el que se reconoce que desde la concepción hay vida".

"El mencionado acto homicida atenta contra la vida de los ciudadanos-personas por nacer, como así también deja como víctimas a sus madres con el sabido trauma post aborto. Transformándose en una tragedia irreparable, en donde el Estado al legalizarlo no solo seria participe de la provocación del daño, sino que debería resignar su obligación de garantizar el bienestar de sus habitantes y no evitar esta dolorosa consecuencia", señala el documento.

Como conclusión, el Concejo Deliberante declaró con fuerza de ordenanza:

Art. 1) Rechácese bajo el lema "Dignidad de la persona por nacer", categóricamente la promoción del aborto como alternativa de salud, por cuanto su práctica no beneficia a nadie.

Art. 2) Reafírmese que debe reconocerse el inicio de la vida desde el momento mismo de concepción. Según lo rezan nuestras constituciones: nacional., provincial, carta orgánica municipal en su artículo N°26, Código Civil y los Tratados Internacionales pertinentes y según lo ha demostrado acabadamente la ciencia médica.

Art. 3) Asegúrese a cada ciudadano una renovada responsabilidad de combatir la práctica de aborto, mediante la formación integral de la persona. Asegurando una postura libre y en conciencia frente al aborto, sin coacción mediática.

Art. 4) Declárese evitable el aborto en la ciudad de Hernando y Política de Estado de inmediata aplicación, la protección de la vida del niño por nacer y de su madre. Mediante planes de salud que acompañen este proceso de tanta vulnerabilidad evitando así el trágico desenlace del aborto, y colaborando con la dignidad de todas las personas en riesgo de salud y vida.

Art. 5) Facúltese al poder ejecutivo bajo el lema "Dignidad de la persona por nacer", a realizar convenios con Instituciones Educativas Colegios, ONG, Fundaciones, etc. con el propósito de salvaguardar la vida desde la concepción, y generar una conciencia responsable, ante este flagelo, con una adecuada política de salud sexual integral, que tenga a la dignidad como base de todo vínculo humano.

Art. 6) Provéase a la Secretaría de salud pública de nuestra Municipalidad, de todo lo necesario para educar, prevenir y concientizar a través de su equipo interdisciplinario en salud sexual y procreativa basando la política en la prevención y la planificación familiar, para evitar de esa forma la incidencia de maternidad y paternidad inesperadas y su consecuencia en aborto procurado.

Art. 7) Impútese en la cuenta N°1.1.03.09 (campaña de promoción y concientización), toda erogación generada como consecuencia de las acciones que emerjan de la aplicación de la presente Ordenanza, por parte de la Secretaría responsable del Área de Salud, a los efectos de solventar los programas y acciones que se ejecuten.


 
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